La reglamentación de la ley dictada en 1873.
La educación primaria fue declarada obligatoria en Tucumán por ley del 19 de marzo de 1873. Tres años más tarde, el 8 de marzo de 1876, el gobernador de la Provincia, doctor Tiburcio Padilla, procedió a reglamentarla. En el decreto que emitió, dispuso que los comisarios de todos los departamentos (salvo aquellos que tuvieran Municipalidad), todos los años, en enero y febrero, empadronarían a los varones de seis a quince años y las mujeres de seis a once, residentes “en el radio de una legua de las escuelas públicas”.
Luego pasarían a una “comisión inspectora” la nómina de los niños, con los nombres de los padres y demás referencias. Con esa lista, las comisiones determinarían quiénes debían concurrir a la escuela, de acuerdo a las prescripciones de la ley. Una vez determinados, los comisarios convocarían a los padres o tutores para advertirles “las responsabilidades que les impone la ley y el decreto, para el caso de que no los envíen a la escuela, o les consientan una asistencia irregular no justificada”.
Además, cada preceptor, el último día de cada mes, elevaría una planilla con el nombre de los alumnos con faltas injustificadas; nombre de padres, tutores o patrones; días que hubiesen faltado durante el mes, y la cantidad que les corresponda por multas a cada uno. Por cada día de asistencia injustificada debía pagarse la suma de “medio real boliviano”.
El decreto disponía que “los niños comprendidos en la edad determinada por la ley, que no hubieran sido inscriptos en las escuelas por estrechez de sus locales, o que se hallen domiciliados fuera del radio legal, quedan exceptuados de toda responsabilidad, por ahora y mientras se aumente el número y la comodidad de las escuelas”.