Otra mirada sobre la Constitución de 1853
El 10 de noviembre de 1911, el diputado nacional por Tucumán, doctor Julio López Mañán, pronunció un discurso que tuvo gran eco en ese momento, durante el debate de la futura Ley Sáenz Peña. Aprovechó para picar profundo en varios aspectos constitucionales. Criticó, por ejemplo, la postura habitual de que “es el sistema más perfecto es el que traduce, en la medida de lo posible, dentro del Congreso, la forma en que está dividida la opinión en la masa electoral del país”.
Su interpretación era distinta. Opinaba que el espíritu de los constituyentes de 1853, no fue “que la opinión se traduzca en el Congreso como puede traducirse, digamos, lo grabado en un cilindro por la bocina. Nuestro Congreso, a diferencia de la mayoría de los conocidos, no se renueva totalmente: el Senado se renueva por terceras parte cada tres años y por mitad, cada dos años, esta Cámara”. Lo que quisieron los constituyentes “es que al propio tiempo que la opinión se traduzca en la renovación del Congreso en una determinada proporción, tenga el Congreso una cierta virtualidad, una cierta personalidad moral que se fije y transmita, aunque se modifique recibiendo la contribución de la opinión pública en cada contienda electoral”.
Los constituyentes habían aceptado ese principio de ciencia política, “según el cual no puede gobernarse sin un Congreso que tenga afinidad con los otros poderes del Estado”. Hablaba de “cierto rasgo de parentesco, de filiación, de afecto con el Poder Ejecutivo especialmente”. Y al buscarlo, por el medio indicado, “habrían querido a la vez reemplazar, dentro de nuestro sistema, la ausencia del elemento personal, conservador, del modelo inglés: esa estabilidad gubernativa que imprime la monarquía”.