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JOSÉ FELICIANO MALAVIA. Mocionó que se usara la fuerza pública contra los diputados inasistentes.

Sanciones por inasistencia o negar el voto.


En la sesión del 11 de noviembre de 1816, el Congreso siguió tratando el Reglamento, en la parte relativa a la elección de gobernadores. José Darregueyra modificó la idea de Esteban Agustín Gazcón, proponiendo que los Cabildos remitiesen al Director una lista de 8 vecinos elegibles como máximo y 4 como mínimo. De ella, el Director podría designar a su arbitrio. Tras un debate, la propuesta fue: “¿si el Supremo Director ha de nombrar los gobernadores y tenientes gobernadores a su arbitrio, o sujeto a propuestas?”. Quedó sancionada la segunda parte, por mayoría de 22 votos.

Se trató luego el modo en que debía formularse dicha propuesta, lo que se votó tres veces, sin lograr el número necesario para una sanción. Con este motivo, se planteó la duda de si había que intimar a votar a los diputados que estuviesen ausentes y se negaran a hacerlo. Se tomó especialmente en cuenta la conducta del diputado José Antonio Cabrera, a este respecto.

Agrega “El Redactor” que “se notó, por algunos señores, su arbitraria y frecuente inasistencia a las sesiones, y su negación a votar, aun por escrito”.

De acuerdo a “El Redactor”, se suscitaron “algunos incidentes que no es del caso expresar”. José Feliciano Malavia mocionó que el Congreso resolviera si un diputado era libre de faltar a sesiones, o negarse a votar, proponiendo que se lo obligara a concurrir “por medio de la fuerza” o se lo remueva del cargo. Su tesis fue apoyada y se resolvió intimar a Cabrera a venir; y, si no pudiera hacerlo, a votar cuando se le pida, sirviendo esto de regla para todos.