El diputado por Tucumán de 1810.
Como es sabido, al producirse la Revolución de Mayo de 1810, cada jurisdicción debió enviar un diputado representante a Buenos Aires. En el caso de Tucumán se eligió al doctor Manuel Felipe Molina. Pero la ciudad era tan pobre que el pago de la dieta de Molina era todo un problema.
El 17 de junio de 1811, el Cabildo tucumano recibió un oficio de la Junta. Disponía que “se arbitren medios para llenar el déficit de las dietas” con las que el doctor Molina debía “sostener su privilegiada subsistencia, conservando el decoro de su representación y rango”.
Según el acta, luego de discutir el asunto “con la detención, madurez y pulso” necesarios, se examinó qué artículos eran “más susceptibles de gravamen” con el menor perjuicio público. Se resolvió que “los dueños del cargamento de arrias o sus consignatarios”, debían pagar “un peso por cada carga de vino, cuatro reales por cada una de ají, algodón y demás frutas secas que entren a la ciudad”.
Asimismo, “cuatro reales por cada tercio de hacienda, incluso el de yerba”, y “un peso por cada carreta de suelas que salga de esta ciudad para cualquier otro destino”. Toda tropa “que gire a Buenos Aires, con exclusión de las que pasan a Jujuy”, antes de su salida debía pagar cuatro pesos por carreta. A fin de “facilitar mejor los medios de la cobranza, sin que se cometan fraudes”, el Cabildo se reservaba la facultad “de nombrar receptores de este impuesto”. Y para “estimularlos”, les daría “una gratificación eventual o fijo mensual del mismo fondo, a fin de que, empeñados con el cebo del interés, activen su celo y no quede ilusoria tan justa contribución, por el digno objeto a que se dirige”.