Proyecto de ley del diputado Juan B. Terán.
A fines de 1914, el diputado Juan B. Terán presentaba a la Cámara un proyecto de ley que prohibía la explotación de bosques sin autorización oficial. Recordaba que las masas arbóreas tenían un rol fundamental para regular el clima: siendo el nuestro igual al de Santiago del Estero, la diferencia estaba dada por la presencia de la montaña.
Subrayaba como grave cuestión de Tucumán el descuido respecto de sus árboles. Por eso el proyecto ordenaba al propietario conservar los ejemplares que se colocaran en las calles y caminos, frente a su casa. Debía incluso contribuir con los gastos de la plantación.
Delimitaba un área, fijada al norte por el río Tapia, al sur por el Valderrama y sus afluentes y la Quebrada del Portugués, al este por el río Grande y al oeste por los límites con Catamarca. Dentro de ese marco, “ningún propietario, o arrendatario, o poseedor cualquiera, podrá explotar los bosques sin aviso escrito, con cuatro meses de anticipación, a Hidráulica de la Provincia”, se establecía.
El organismo estatal podía denegar el permiso, fundado en alguna de las razones que se enumeraban: el “mantenimiento de la tierra de las montañas o pendientes”; la “defensa del suelo contra las divisiones de los ríos, arroyos o torrentes”; la “protección de puentes o cursos de agua” y “la salubridad pública”.
Se exceptuaba sólo a los jardines o parques cerrados, y a los árboles de menos de dos metros de altura o de 20 centímetros de diámetro, y los bosques “de menor extensión de cuatro hectáreas, que no hagan parte de una extensión mayor y que no estén situados en la cumbre o en las pendientes de montaña”.