Los problemas derivados del nuevo sistema.
No celebró sesión el Soberano Congreso el 22 de diciembre de 1816. Sí lo hizo al día siguiente, 23, de forma pública y luego secreta. En la primera, se leyeron oficios provenientes del Gobierno de Mendoza.
Expresaban que estaban concentrados todos los habitantes en los aprestos del Ejército de los Andes, por lo cual la realización de elecciones populares de cabildantes se verían complicadas. Pedían entonces que, por este año, “se disponga que no se varíe la elección ya practicada en dicha ciudad y pueblos subalternos de la provincia”. El diputado Tomás Godoy Cruz agregó argumentos sobre tales problemas.
Enseguida Manuel Antonio Acevedo, Pedro Francisco de Uriarte y Pedro Ignacio de Castro Barros dijeron que en las jurisdicciones que representaban (Catamarca, Santiago del Estero y La Rioja), existían idénticos inconvenientes a los que indicaba Mendoza. Es más: Uriarte afirmó que la revolución en que estaba envuelta Santiago tenía, como una de sus causas, la resolución del Congreso de que los cabildantes se designaran por elección popular.
Según “El Redactor”, se desarrolló luego “una seria discusión”. A su término, se resolvió aprobar la solicitud de Mendoza, dejando para después definirse sobre lo que planteaban las demás provincias. Acto seguido, se leyeron otros pliegos, entre ellos dos del Director Supremo. Uno versaba sobre la relación del territorio oriental con el sistema gubernativo de las demás provincias. El otro, acompañaba copia de la contestación que Carlos Lecor, jefe de la invasión portuguesa, daba al enviado del Directorio, “asegurando las intenciones pacíficas de su Corte con respecto al territorio occidental del Río de La Plata”.