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DEL SIGNO. El doctor Agustín San Martín del Signo, miembro de la familia cordobesa eximida del impuesto en 1816.

Fondos para equipar y aumentar el Ejército.


El 30 de julio de 1816, celebró sesión pública el Soberano Congreso. Se discutió el problema planteado en Córdoba con los señores Del Signo, a quienes se les había asignado la suma de 2.050 pesos, en el empréstito exigido a los españoles europeos de esa ciudad.

Sucedía que antes, estuvieron eximidos de tales cargas, dado que –decía “El Redactor”- hacía más de veinte años que su anciano padre “les entregó los residuos de su caudal, y que la medianía en que se hallan es obra de su trabajo y exclusivo patrimonio suyo”. A este argumento lo avalaba el gobernador de Córdoba, al remitir, para decisión del Congreso, la presentación de los Del Signo.

Discutida la materia y tras la correspondiente votación, se resolvió devolver el expediente al gobernador, para que “en caso de hacer constar los interesados, de un modo auténtico, haberles transferido (su padre) irrevocablemente y antes de la revolución el dominio de los bienes, sean eximidos de contribuir en razón de ellos”. Y, en caso contario, debían satisfacer el impuesto, “en proporción a los bienes que pertenezcan al padre”.   

Luego se leyeron varios oficios. Uno, del general Manuel Belgrano, donde pedía al Congreso “un fondo de caudales suficiente a llenar el grande objeto de la organización y aumento de las tropas”, en su condición de jefe del Ejército del Norte.

Esteban Agustín Gazcón mocionó, entonces, que se ordenase a los gobernadores de Tucumán y de Córdoba, que a ese efecto y a la mayor brevedad, “remitan lo que se hubiesen recolectado, en razón de los empréstitos designados a sus provincias”.