Fue dispuesto por una ley tucumana de 1858.
Hace notar el historiador Manuel Lizondo Borda, que el Código Civil de Vélez Sarsfield olvidó incluir, entre los “bienes públicos” enumerados en el artículo 2.340, las nieves. Esto a pesar de que existía un antecedente significativo en nuestra provincia. En 1858, de acuerdo con el proyecto del gobernador Marcos Paz, la Legislatura de Tucumán sancionó una ley que declaraba “que las nieves son de propiedad pública”, y que “se cobrará cuatro reales por cada carga de nieve que se introduzca en la ciudad con destino al consumo”.
El mensaje de Paz tenía en cuenta que no era justo que “las nieves que se introducen para ser consumidas en esta plaza, no sufran impuesto alguno”. Y puesto que sus introductores las expenden en el mercado “para proporcionarse la ganancia que puede dar cualquier otro tráfico”, era natural que la nieve “lleve en sí el gravamen que en proporción le corresponde, para que no aparezca con un odioso privilegio”.
Ocurría que no pocos campesinos se ocupaban de traer nieve desde el cerro, acondicionada en embalajes de paja -llamados “chigüas”- que se cargaban en mulas. Lograban así que al menos una parte llegara a la ciudad, y la vendían rápidamente en los domicilios. Las amas de casa utilizaban la preciosa nieve para refrescos y aún para helados.
En evocaciones de su niñez, Ernesto Padilla recordaba que, a fines de la década de 1880, en la esquina de 24 de Setiembre y 9 de Julio, un comerciante de apellido Lucena vendía helados hechos con esa nieve. Es de suponer que la confección del refresco -al que acaso se le agregaba algún tipo de endulzante coloreado- así como su venta e ingestión por el comprador, debían ser veloces, para evitar que todo desapareciera derretido…