Imagen destacada
VENDEDOR CALLEJERO. Fotografiado en una calle de Tucumán cuando se iniciaba el siglo pasado. LA GACETA / ARCHIVO

Un edicto municipal con intimaciones.


Un edicto del 12 de enero de 1868, emitido por la entonces Corporación Municipal de Tucumán, sirve para darse una idea de las malas condiciones higiénicas que en ese momento reinaban en nuestra capital. Empezaba dando plazo de tres días para que los habitantes “extraigan de las casas todas las basuras que tengan” y que no provinieran “de uso doméstico”. Quienes tuviesen, en el interior de las viviendas, “depósitos de aguas corrompidas”, debían proceder a desecarlos en un plazo de veinte días.

En el radio de tres cuadras de la plaza Libertad (Independencia), los panaderos “no podrán tener más animales que los de su uso personal, debiendo las caballerizas en general conservarse en estado de completa limpieza”. Se otorgaban cuatro días para cumplir esta providencia.

Por otro lado, se disponía que “en el término de veinte días quedarán blanqueadas por dentro y fuera las casas que se hallen a tres cuadras de la plaza Libertad; siendo obligatoria esta operación, para los propietarios, en el frente de la calle, y en el interior, para los que las habitan”.

Asimismo, quedaba vedado el comercio “de fruta que no esté en buena sazón”. A quienes las vendieran sin este requisito, los agentes procederían a decomisarle su mercadería, y “la inutilizarán inmediatamente, obligando a los vendedores a conducir sus residuos fuera de la ciudad”. El presidente de la Corporación, don Juan Manuel Terán, firmaba el edicto, junto con el secretario José M. Rojas. Se publicó en la edición de ese mismo día 12 del diario “El Pueblo”.