Una importante ley sancionada en 1852.
En sesión del 20 de octubre de 1852, la Sala de Representantes de Tucumán, presidida por don Jesús María Aráoz, sancionó una significativa ley. La misma prohibía al Estado los gastos fuera de presupuesto y fijaba la responsabilidad de los funcionarios infractores. La norma tenía solamente tres artículos.
Estatuía que “el Gobierno, de hoy en adelante, no podrá librar, ni la Tesorería pagar, más cantidades que las decretadas en el presupuesto de gastos de administración de la Provincia, que con arreglo a la ley cada año debe sancionarse”.
El gobernador, el ministro y el Tesorero que hicieren lo contrario, serían responsables “de mancomun et in solidum”.Pero el Tesorero quedaba exento si, cuando el Gobierno le ordene el pago, hiciera presente la salvedad, “por escrito”. Ahora, si el Gobierno insistía, estaba obligado a cumplir la orden.
El diputado autor del proyecto (cuyo nombre no consta en el acta), lo fundamentaba expresando que de ese modo, “desaparecerá de hoy para siempre la arbitrariedad en los gastos de la hacienda pública y, lo que vale más, dejará de ser mirada por los gobernantes como un patrimonio de familia y como un medio de corrupción poderoso para perpetrarse en el mando y saciar sus innobles particulares aspiraciones”.
Entendía que esta ley “que regla y limita los gastos de la administración”, representaba “un gran paso en la carrera del progreso y en la vía del bien y felicidad pública”. Por eso solicitó -y obtuvo- que su iniciativa fuera tratada y aprobada sobre tablas.