La Legislatura de 1834 no admitía excusaciones.
Bien se sabe que el Poder Legislativo de Tucumán (ejercido por la “Sala de Representantes”, o “Junta de Representantes”, o simplemente “Representación”), empezó a existir en 1821. Estaba formado por vecinos, muchos de los cuales tenían escasa versación en asuntos del Estado y que se manejaban utilizando su “leal saber y entender”.
Pero tenían obligación de definirse y dar su opinión, cuando el cuerpo así lo requería. Esto aparece claramente formulado en la sesión del 13 de agosto de 1834. Merece la pena detenerse en su trámite.
El Poder Ejecutivo había girado en consulta a la Sala la solicitud de don Pedro Velarde para que ser excluído de un tributo. Se nombró una comisión para estudiar el caso. Entonces, el diputado Manuel Esteban Pizarro expresó “que no teniendo las luces suficientes para emitir su opinión y abrir un juicio seguro sobre la consulta que hacía el Gobierno”, pedía a la Sala que “se lo eximiese del cargo de miembro de la Comisión designada al efecto”.
Añadía que “solamente después de oída la discusión y en mérito de las luces que los Señores Representantes demandasen sobre la materia, se pondría en aptitud de dar su voto; pero que ahora no se hallaba capaz de anticipar un dictamen que tranquilizara la delicadez de su conciencia”.
Un diputado replicó que “la expresada eximición no era admisible en manera alguna, pues que todos los demás podrían hallarse en igual caso, y que era abrir una puerta por donde todos querrían salirse y excusarse de dictaminar en los asuntos serios y delicados”. La Sala siguió este criterio y no aceptó el pedido de Pizarro.