Volvió a postergarse la cuestión de Moldes.
El 5 y el 6 de noviembre de 1816, celebró sesiones públicas el Soberano Congreso. En la del día 5, se trató la moción de José Darregueyra sobre el término que el Congreso tenía para dictar una Constitución. Si no se lo fijaba, podría cundir “una idea de ilimitación de poder y de perpetuidad, nada favorable al buen crédito y opinión del Congreso”. El asunto quedó para tratarse luego. A pesar de que Mariano Boedo insistió en considerar el tema de la incorporación de José Moldes como diputado por Salta, se prefirió continuar discutiendo el Reglamento Provisorio.
En la sesión del día 6, se aprobó la moción de Cayetano Rodríguez, de nombrar una comisión que trabajase “un proyecto de Constitución análogo a las circunstancias del país”. Fue aprobado. José Mariano Serrano propuso que se oficiara al gobernador de Salta y a su Cabildo -acompañando los respectivos documentos- para explicar las razones que se tuvieron para postergar el tratamiento de la cuestión Moldes.
Luego se continuó considerando el Reglamento. El problema se trabó a la hora de decidir quién sería el encargado de juzgar los delitos de los secretarios de Estado. Tras varias votaciones, se acordó que el conocimiento de tales delitos estaría a cargo de una comisión, nombrada por el Congreso. También podría el Director Supremo sumariar a los secretarios, de oficio o por acusación.
Pero se reservaba a los secretarios, el derecho de recusar “con causa probada” a la comisión del Congreso, así como el de apelación a otros tres, elegidos por ellos, de entre los nueve que nombre el cuerpo. Se debía entender, además, “que la sentencia, aunque sea absolutoria, nunca producirá el efecto de precisa reposición en el empleo”.