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SAN MARTIN 570. En 1984, poco antes de la demolición, el fotógrafo registró la fachada de la casa que fue de la familia Rodríguez, lindera con el Palacio de Gobierno. LA GACETA / ARCHIVO

Ley proyectada por Hermenegildo Rodríguez en 1852.


El 20 de octubre de 1852, el diputado Hermenegildo Rodríguez -antiguo boticario del ejército de Belgrano- presentó a la Sala de Representantes un proyecto de ley que buscaba desterrar cierta práctica del Ejecutivo. Establecía que “el Gobierno, de hoy en adelante, no podrá librar, ni la Tesorería pagar, más cantidades que las decretadas en el presupuesto de gastos de la Provincia, que con arreglo a la ley cada año debe sancionarse”.

Establecía la responsabilidad “in solidum” de gobernador, ministro y Tesorero en caso de infracción. Aclaraba que el Tesorero, “para eximirse de la responsabilidad que se le impone, debe, cuando se le ordene el pago de una cantidad no comprendida en el presupuesto, hacerlo presente al gobernador por escrito”, y que sólo “si éste insiste, está obligado a verificarlo”.

Rodríguez, en su presentación, se congratulaba de que la Sala hubiera sancionado una ley de presupuesto. Pensaba que, “con ella desaparecerá de nuestro país, de hoy para siempre, la arbitrariedad en los gastos de la hacienda pública; y, lo que vale más, dejará de ser mirada por los gobernadores como un patrimonio de familia y como un medio de corrupción poderoso para perpetuarse en el mando y saciar sus innobles particulares ambiciones”.

Consideraba que la norma que ahora proponía, era necesaria “para complementar esta institución saludable, y para que ella produzca los preciosos frutos que esperamos”. El texto fue aprobado sobre tablas por la Sala, sin ninguna modificación, y el gobernador Manuel Alejandro Espinosa lo promulgó al día siguiente.